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Concurso de acreedores y reestructuración

Cuando la empresa se complica solo hay dos salidas dignas: salvarla o cerrarla de forma ordenada. Las dos exigen actuar antes de que se agote la caja, no después.

I

Qué hacemos

El concurso presentado a tiempo protege al administrador. Presentado tarde, lo señala.

La diferencia entre una reestructuración y un desastre personal para el administrador suele estar en unos meses de decisión. Casi nadie llama demasiado pronto.

Diagnóstico de insolvencia

Análisis de si la situación es de iliquidez pasajera, insolvencia inminente o insolvencia actual. De esa calificación depende todo lo demás, incluidos tus plazos.

Preconcurso

Comunicación al juzgado de la apertura de negociaciones, con la protección temporal que otorga frente a ejecuciones mientras se negocia con los acreedores.

Planes de reestructuración

Renegociación y reestructuración de la deuda con acreedores financieros y comerciales, con o sin homologación judicial, para mantener la empresa en funcionamiento.

Concurso voluntario y necesario

Preparación y presentación de la solicitud, inventario y lista de acreedores, y dirección del procedimiento en interés de la sociedad y de su administrador.

Convenio con los acreedores

Propuesta de quitas y esperas, negociación de adhesiones y cumplimiento posterior del convenio aprobado.

Liquidación ordenada

Cuando la empresa no es viable, cerrar bien: realización de activos, extinción de contratos, plantilla y cierre societario y fiscal completo.

Calificación y defensa del administrador

Sección de calificación, defensa frente a la calificación culpable y frente a la responsabilidad por el déficit concursal.

Segunda oportunidad

Exoneración del pasivo insatisfecho para el empresario persona física y el autónomo, incluidos los avales personales prestados por deudas de la sociedad.

III

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

El deudor debe solicitar el concurso dentro de los dos meses siguientes a la fecha en que hubiera conocido o debido conocer su estado de insolvencia actual. La comunicación de negociaciones puede suspender ese cómputo mientras se negocia. Estos plazos son cortos y su incumplimiento se valora después en la calificación.

Que el concurso se califique como culpable y que, entre otras consecuencias, se acuerde tu inhabilitación, la pérdida de derechos como acreedor y la condena a cubrir total o parcialmente el déficit concursal con tu patrimonio. Es la razón principal para no dejarlo correr.

Solo en parte. La exoneración del pasivo insatisfecho tiene límites específicos para el crédito público, y hay deudas que quedan expresamente excluidas. No es un borrón y cuenta nueva total, pero para muchos empresarios cambia por completo el escenario.

En el concurso voluntario lo habitual es que el administrador conserve las facultades de administración y disposición bajo intervención de la administración concursal. En el necesario, lo habitual es la suspensión y la sustitución. Otra razón para adelantarse.

Comunicar el crédito en plazo y con la calificación correcta, que es lo que determina si cobras y en qué orden. Muchos acreedores pierden posición simplemente por comunicar tarde o mal.

Sí: la venta de unidad productiva es una de las salidas que mejor preserva la actividad y el empleo, y puede prepararse incluso antes de solicitar el concurso.

Si estás pensando en llamarnos, probablemente ya sea el momento.

La primera conversación es gratuita y confidencial, y sirve para saber en qué escenario estás realmente.

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Contacto

Una primera reunión, sin coste y sin compromiso.

Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.

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