La higiene societaria que nadie mira hasta que aparece un comprador, un socio nuevo, un banco o un juzgado. Y entonces cuesta diez veces más arreglarla.
Qué hacemos
Actas que no existen, libros sin legalizar, poderes caducados o un administrador con el cargo vencido. Son defectos silenciosos que bloquean operaciones enteras.
Convocatoria y celebración de juntas y consejos, redacción de actas y certificaciones, elevación a público e inscripción registral.
Nombramientos, ceses, renovación de cargos, poderes y delegaciones, y control de que la estructura de administración sigue sirviendo a la empresa.
Deberes de diligencia y lealtad, conflictos de interés, operaciones con partes vinculadas y protocolos internos de decisión.
Contratos con clientes, proveedores, distribuidores y agentes; confidencialidad, no competencia y propiedad de los desarrollos.
Términos de venta, contratos tipo y condiciones de servicio revisados para que sean válidos y, sobre todo, para que se puedan ejecutar.
Reclamación extrajudicial, procedimiento monitorio, ejecución y medidas cautelares, con criterio previo sobre la solvencia real del deudor.
Prevención del riesgo personal por deudas sociales y por daños, y defensa cuando la acción ya se ha ejercitado.
Preparación de ofertas, clasificación, recursos frente a la adjudicación y ejecución del contrato administrativo.
Dudas habituales
Los supuestos típicos son el incumplimiento del deber de promover la disolución cuando concurre causa legal, la falta de solicitud del concurso en plazo, y los daños causados por actos contrarios a la ley o a los estatutos. La responsabilidad no es automática, pero es real y personal.
Antes de demandar, averiguar si hay algo que cobrar. Una reclamación bien planteada empieza por la solvencia del deudor y por revisar la documentación del crédito: si la factura, el albarán y el contrato no encajan, el procedimiento se complica mucho.
Es habitual y tiene arreglo, pero conviene hacerlo antes de necesitarlo. En cuanto entra un inversor, un comprador o un banco, lo primero que se revisa es el libro de actas y el de socios.
Sí, y es de lo más rentable que puedes encargar: un contrato tipo bien hecho evita decenas de discusiones al año y te coloca en mejor posición en todas ellas.
Que el Registro puede rechazar inscripciones y que se generan dudas sobre la validez de determinados actos. La renovación es sencilla; el problema es descubrirlo el día de la firma ante notario.
La secretaría societaria ordinaria y la contratación mercantil recurrente, sí. Las operaciones corporativas y los pleitos se presupuestan aparte y por escrito.
Una revisión societaria cuesta poco. Una operación bloqueada en notaría, mucho.
Contacto
Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.