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Inspecciones y procedimientos tributarios

Es el trabajo que define a un despacho fiscalista. No consiste en enviar lo que piden: consiste en decidir qué se entrega, cómo se documenta y en qué momento se discute.

I

Qué hacemos

Todas las fases del procedimiento, con el mismo equipo de principio a fin.

Entramos en cualquier momento, aunque el procedimiento ya esté avanzado o lo haya llevado otro profesional hasta ahora.

Requerimiento de información

Analizamos qué busca la Administración detrás de lo que pide y preparamos una contestación completa pero no expansiva.

Comprobación limitada

Delimitamos el alcance del procedimiento y controlamos que la Administración no exceda las facultades que la ley le atribuye.

Inspección y actas

Asistimos a todas las comparecencias, negociamos el contenido de las actas y decidimos contigo si firmar en conformidad o discutir.

Sanciones

La sanción no es automática: se combate por falta de motivación de la culpabilidad, y es donde más importe se recupera.

Suspensión de la deuda

Solicitud de suspensión con o sin garantía, aplazamientos y fraccionamientos para evitar el apremio mientras se discute.

TEAR y TEAC

Reclamación económico-administrativa, alegaciones y prueba, con el mismo equipo que conoce el expediente desde el principio.

Contencioso-administrativo

Recurso ante los tribunales cuando la vía administrativa se agota y el asunto merece defenderse.

Derivación de responsabilidad

Defensa del administrador y del sucesor de empresa frente a la derivación de deudas de la sociedad.

II

Si ya tienes la notificación

Desde que la recibes, el plazo corre en tu contra.

Contestar deprisa a un requerimiento aparentemente inofensivo es la forma más común de abrir un procedimiento mucho mayor. Antes de enviar nada, conviene saber qué están buscando.

Plazo en curso

Envíanos la notificación y te decimos, sin coste, qué procedimiento se te ha abierto realmente y qué está en juego.

10 díasPlazo habitual para atender un requerimiento de información, en días hábiles desde la notificación.
1 mesPara recurrir en reposición o reclamar ante el Tribunal Económico-Administrativo una liquidación notificada.
4 añosPlazo general de prescripción. Lo que parece cerrado puede seguir revisándose durante ese periodo.
Que un abogado revise tu notificación

Los plazos anteriores son los habituales y varían según el procedimiento concreto: confírmalos siempre con nosotros sobre tu notificación.

III

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

Llama antes. El requerimiento define el alcance de lo que la Administración puede pedir y la contestación fija lo que consta en el expediente. Una respuesta de más abre puertas que después no se cierran.

El procedimiento inspector tiene un plazo máximo legal, ampliable en determinados supuestos, y hay periodos que no computan. Que ese plazo se supere tiene consecuencias jurídicas concretas, y es uno de los primeros extremos que revisamos al entrar en un expediente.

A veces sí, porque reduce la sanción y cierra el asunto. Y a veces no, porque supone renunciar a discutir un criterio que tienes ganado. Es una decisión de estrategia y de números, no una cuestión de actitud.

Puedes solicitar la suspensión de la ejecución de la deuda, con garantía o, en determinados supuestos, sin ella. Lo importante es pedirla en plazo: si no, la deuda entra en vía de apremio aunque estés recurriendo.

Es una derivación de responsabilidad, y se combate. Se discute tanto el presupuesto de hecho que se te imputa como el alcance de la deuda derivada, y hay plazos propios que conviene no dejar pasar.

Sí, es muy frecuente. Podemos intervenir solo para el procedimiento, coordinándonos con tu asesor, o asumirlo por completo.

Si tienes una notificación sobre la mesa, empieza por aquí.

Revisamos la notificación sin coste y te decimos qué procedimiento tienes abierto y qué está en juego.

Pedir una reunión

Contacto

Una primera reunión, sin coste y sin compromiso.

Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.

Teléfono93 000 00 00
HorarioLunes a viernes, 9:00 – 19:00