Barcelona · Madrid · Valencia
93 000 00 00

Inicio  /  Áreas  /  Fiscalidad corporativa

Fiscalidad corporativa

No se trata de presentar impuestos. Se trata de decidir, con criterio jurídico y por escrito, qué se declara, cómo se documenta y qué riesgo asume la compañía en cada decisión.

I

Qué hacemos

El trabajo fiscal que una empresa necesita todo el año, no solo en julio.

Cada una de estas materias se lleva desde el despacho, con un abogado responsable que conoce tu compañía y que responde también si la Administración pregunta.

Impuesto sobre Sociedades

Cálculo, ajustes extracontables, pagos fraccionados y presentación. Revisamos deducciones, bases imponibles negativas pendientes y la coherencia con la contabilidad antes de presentar, no después.

Consolidación fiscal

Constitución y mantenimiento del grupo fiscal, eliminaciones e incorporaciones, y análisis previo de si el régimen te conviene o solo te complica la vida.

IVA y suministro inmediato

IVA nacional e intracomunitario, prorrata, inversión del sujeto pasivo, operaciones con no establecidos y llevanza de libros a través del SII cuando corresponde.

Operaciones vinculadas

Identificación de las operaciones, valoración a mercado, documentación específica y del grupo, y declaración informativa. Es hoy el foco preferente de comprobación de la Agencia Tributaria.

Reorganizaciones societarias

Fusiones, escisiones, aportaciones no dinerarias y canje de valores bajo el régimen de neutralidad fiscal, con el motivo económico válido documentado desde el primer día.

Deducción por I+D+i

Identificación de proyectos, coordinación del informe motivado, aplicación en cuota y defensa de la deducción si se comprueba.

Retribución de socios y administradores

Cómo se cobra de la propia sociedad sin abrir un frente: cargo de administrador, relación laboral o mercantil, dividendos, préstamos y uso de bienes de la empresa.

Fiscalidad internacional

Retenciones a no residentes, convenios de doble imposición, establecimiento permanente y operativa con filiales o matrices en el extranjero.

III

Dudas habituales

Preguntas frecuentes

Cada mes recibes el cierre contable con el resultado real y la carga fiscal estimada del ejercicio, y antes de cada vencimiento te avisamos de lo que hay que presentar. Las consultas, mientras tanto, están incluidas en la iguala: no facturamos por llamada.

Con carácter general, cuatro años desde el fin del plazo de presentación de cada declaración, y ese plazo se reinicia con cada actuación de comprobación. Hay supuestos con plazos más largos, como la comprobación de bases imponibles negativas. Por eso la revisión previa que hacemos antes de empezar cubre los cuatro ejercicios no prescritos.

Si operas con sociedades del grupo, con socios que participan en un porcentaje relevante o con administradores y familiares, muy probablemente sí. La obligación de documentación tiene excepciones y grados según el tamaño del grupo y el importe de las operaciones, y el análisis se hace caso por caso.

Depende de la afectación real a la actividad y, sobre todo, de la prueba que puedas aportar. No es una respuesta de sí o no: es una decisión de riesgo que conviene tomar con criterio y dejar documentada, porque es de lo primero que se mira en una comprobación.

Si presentas voluntariamente antes de que Hacienda te reclame, se aplican recargos por declaración extemporánea, que son crecientes según el retraso y sensiblemente inferiores a una sanción. Si espera a que te requieran, cambia el escenario. Salir por delante casi siempre sale más barato.

Depende de qué necesites. Si tu asesor presenta bien y tu empresa es sencilla, quizá no. Si tienes varias sociedades, operaciones con socios, deducciones relevantes o algún frente abierto, la diferencia entre una gestoría y un despacho de abogados se nota justo cuando aparece el problema.

Empieza por saber cómo está tu fiscalidad.

La revisión previa de los cuatro ejercicios no prescritos es gratuita y te la entregamos por escrito, contrates o no.

Pedir una reunión

Contacto

Una primera reunión, sin coste y sin compromiso.

Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.

Teléfono93 000 00 00
HorarioLunes a viernes, 9:00 – 19:00