Abogados · Fiscalistas · Gestores
Asumimos la relación de tu empresa con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social, la Inspección de Trabajo y el Registro Mercantil. Nosotros presentamos, nosotros comparecemos y nosotros respondemos. Y si hoy ya tienes un procedimiento abierto, tenemos dentro de casa a los abogados, fiscalistas y gestores necesarios para cerrarlo.
Áreas de práctica
La empresa mediana reparte estas funciones entre una gestoría, una asesoría laboral externa y un abogado al que solo se llama cuando el problema ya existe. Esa fragmentación es, en la práctica, la primera causa de contingencia.
Impuesto sobre Sociedades, consolidación, IVA, operaciones vinculadas, reorganizaciones y retribución de socios y administradores.
Ver el área →IICierre mensual con resultado real, cuentas anuales y consolidadas, libros, facturación electrónica y reporting a dirección y banca.
Ver el área →IIINóminas y seguros sociales, alta dirección, convenio, despidos individuales y colectivos, Inspección de Trabajo y juicios.
Ver el área →IVJuntas, actas y libros, gobierno corporativo, contratación mercantil, impagados y responsabilidad del administrador.
Ver el área →VPreconcurso, reestructuración de deuda, concurso y convenio, liquidación ordenada, calificación y segunda oportunidad.
Ver el área →VICompraventa de empresas, due diligence, entrada de inversores, pactos de socios y conflicto societario.
Ver el área →VIIRequerimientos, comprobación limitada, inspección y actas, sanciones, TEAR y TEAC y derivación de responsabilidad.
Ver el área →Revisión previa
Una revisión fiscal y contable interna de tu empresa, hecha por nuestros abogados y entregada por escrito. Sin coste y sin obligación de contratar después. Es el único modo honesto de decirte cuánto vale nuestro trabajo: primero te enseñamos lo que hay.
La revisión no constituye auditoría de cuentas en el sentido de la Ley 22/2015 ni sustituye al informe del auditor. Es un trabajo de revisión interna de carácter jurídico-tributario.
Régimen de honorarios
Sabes en enero lo que vas a pagar en diciembre. Lo que queda fuera de la iguala se presupuesta por escrito y se ejecuta únicamente con tu aprobación previa.
| Materia | Comprendido en la iguala | Fuera de iguala |
|---|---|---|
| Fiscal | Declaraciones periódicas y anuales, planificación del ejercicio, consultas ilimitadas y atención de requerimientos. | Inspección con actas de disconformidad, TEAR y TEAC, contencioso. |
| Contable | Llevanza, cierre mensual, cuentas anuales, depósito registral e interlocución con auditoría. | Consolidación de grupo de más de tres sociedades. |
| Laboral | Nóminas y seguros sociales, contratación, extinciones individuales y consultas. | Despido colectivo, conflicto colectivo, juicio. |
| Societario | Actas, juntas, libros y contratación mercantil ordinaria. | Operaciones corporativas, concurso y pleitos. |
No publicamos tarifas. El importe de la iguala depende del volumen real de trabajo, del número de sociedades y de la situación en que se encuentre la compañía, y eso solo se conoce después de la revisión previa. Recibirás una propuesta cerrada y por escrito antes de asumir ningún compromiso.
Cómo trabajamos
Es la excusa por la que la mayoría de empresas siguen donde no quieren estar. Lo gestionamos nosotros y no pierdes ni un día de actividad.
Nos cuentas la situación y firmas la representación ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
Reclamamos la documentación al asesor anterior, la revisamos entera y te entregamos el informe.
Con los números delante, te proponemos por escrito el alcance y la iguala. Sin permanencia.
Desde el periodo siguiente presentamos nosotros y recibes el cierre mensual y los avisos.
Visitas concertadas
Visitas concertadas
Visitas concertadas
Dudas habituales
Las dudas que salen en todas las primeras reuniones. Hay más en la página de preguntas.
Las obligaciones fiscales, contables, laborales y societarias ordinarias de la empresa, más las consultas, que no se facturan aparte. Fuera quedan los procedimientos que no forman parte del día a día —inspecciones con acta de disconformidad, pleitos, operaciones corporativas y concursos—, que se presupuestan por escrito y solo se ejecutan con tu aprobación previa.
No publicamos tarifas porque el importe depende del volumen real de trabajo, del número de sociedades y de la situación en la que esté la empresa. Eso se conoce después de la revisión previa, que es gratuita. Recibirás una propuesta cerrada y por escrito antes de asumir ningún compromiso.
Lo gestionamos nosotros. Con tu autorización pasamos a ser tus representantes ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social, reclamamos la documentación al asesor anterior y asumimos las presentaciones desde el periodo siguiente. Tú no tienes que discutir con nadie.
No. Si en algún momento decides irte, entregamos toda la documentación a quien nos indiques y facilitamos el traspaso. Un cliente que se queda por contrato y no por resultado no nos interesa.
En que casi siempre encontramos algo, y eso hace la conversación más fácil. Si no encontramos nada relevante te lo diremos igual, te entregaremos el informe y no habrá segunda llamada comercial.
Sí, y es donde más valor tiene trabajar con un solo despacho: las operaciones entre tus propias sociedades son precisamente lo que más se comprueba.
Son nuestras oficinas, pero trabajamos con empresas de toda España. La relación con la Administración es telemática y las reuniones pueden ser presenciales o a distancia, como prefieras.
Un abogado responsable asignado, con nombre y teléfono, que conoce tu empresa. No un buzón compartido ni un turno rotatorio.
La revisión previa es gratuita, la hacen abogados y te la entregamos por escrito.
Contacto
Cuéntanos tu situación y te diremos con franqueza si podemos aportar valor. Si entendemos que tu asesor actual está haciendo bien el trabajo, también te lo diremos.